Capítulo I:
La organización eclesiástica

La sociedad francesa del siglo XVII es de tipo sacralizado. En todos los sentidos se afirma la unión estrecha de la Iglesia y del estado; no existe en cambio ningún plan de separación netamente definido entre lo espiritual y lo temporal: las instituciones religiosas interesan al Estado, las instituciones civiles extraen su justificación de principios cristianos, Entre los dos dominios las interferencias son constantes. Tal régimen implica la unidad de religión; en principio, todos los franceses son católicos: en la ceremonia de la consagración, el rey presta juramento de mantener los lazos indisolubles entre la Iglesia y la nación y se compromete a expulsar de su reino a los herejes.

Es cierto que de hecho existen comunidades extrañas al catolicismo: el edicto de Nantes establece claramente los derechos de los reformados y, cuando en 1648 la Alsacia se hizo francesa, un tratado internacional que siempre será respetado protegerá a los protestantes de este país. Las colonias judías dispersas por el reino, pero importantes sobre todo en Metz y en Alsacia, se beneficiarán, después de la incorporación de estas provincias a la corona, de libertades particulares. Pero se trata ahí de privilegios (en el sentido literal privae leges) aplicables sea a grupos restringidos sea a territorios estrictamente limitados. En principio y para el conjunto de la nación, la religión oficial es el catolicismo que constituye a la vez una realidad espiritual y una institución de Estado de mecanismos administrativos complejos.

I – La jerarquía episcopal

1 – Las diócesis

La gran unidad eclesiástica es la diócesis o la archidiócesis, gobernadas respectivamente por un obispo o un arzobispo. El número de las diócesis ha variado en el curso del siglo XVII. Francia contaba a finales del siglo XVI con catorce archidiócesis (Reims, Sens, Rouen, Tours, Bourges, Bordeaux, Auch, Toulouse, Narbonne, Arlès, Aix, Embrun, Vienne, Lyon). A principios del siglo XVIII eran dieciocho; las cuatro nuevas eran; París, que fue archidiócesis en 1626, Albi en 1678; las metrópolis de Besançon y de Cambrai se habían incorporado a la corona por la paz de Nimega en 1678. El reino comprendía 105 obispados al final del siglo XVI y 113 al final del XVII, dimanando la diferencia de los territorios conquistados por Luis XIV. En este total no estaban incluidos ni el obispado de Québec en el Canadá, ni el de Bethléem establecido en Clamecy en Nivernais, ni la metrópolis de Avignon, situada con sus sufragáneas de Carpentras, de Vaison y de Cavaillon en el condado de Venaissin. Algunas diócesis de éstas dependían de metropolitanos extranjeros: Strasbourg era sufragánea de Mayence; Metz, Toul y Verdun de Trèves; Perpignan de Tarragona. Algunos prelados disponían de prerrogativas tradicionales pero que tendían a ser estrictamente honoríficas: así el obispo de Autun lleva por derecho el pallium, normalmente reservado a los arzobispos; los arzobispados de Reims y de París, los obispados de Laon y de Langres son ducados-pares, los de Châlons, de Beauvais y de Noyon condados-pares. Algunos arzobispos se honran con el título de primados; el arzobispo de Lyon es primado de los Galos, el de Rouen primado de Normandía; los de Bordeaux y de Bourges presumen los dos como primados de Aquitania. Pero son esas dignidades sin valor práctico. Las verdaderas diferencias entre las diócesis son de dos órdenes. En primer lugar, su extensión muy variable: a menudo considerable en el norte, es generalmente muy débil en el midi mediterráneo; estos contrastes reflejan los de las antiguas civitates romanas cuyo encuadre territorial han adoptado los obispados. Así Senez sólo posee 33 parroquias, Grasse 23, mientras que Toul tiene 740, Chartres más de 900 y Rouen 1380.

La otra diferencia se refiere a las rentas que, sin relación con los cargos reales, son también extremadamente variables: las rentas de la diócesis de Toul se elevan 17 000 libras, las de Grasse a 22 000, las de Langres a 36 000, las de Metz a 120 000, las de Strasbourg a 300 000.

2 – “De qué manera hacen un obispo el papa y el rey”

¿Qué reglas intervienen en la elección de los obispos? Provienen del concordato de Bolonia concluido en 1516 entre Francisco I y León X: concedía al rey un medio de intervención de extrema importancia en la vida de la Iglesia, ya que el soberano disponía del nombramiento para los beneficios mayores, es decir para más de un centenar de obispados y más de quinientas abadías. El papa no se pronunciaba hasta después de la elección del rey, por el otorgamiento de las bulas a los obispos nombrados. El soberano pontífice sacaba él también, es verdad, ventaja de este modo de designación de los obispos, ya que el sistema precedente, el de la pragmática sanción, descansaba sobre la elección por los capítulos. En lugar de esta elección en la que no podía intervenir, el papa tenía un sistema de reglamento bilateral en el nombramiento de los cargos episcopales; por otra parte al aceptar este procedimiento, el rey renunciaba implícitamente a las teorías que enseñaban la superioridad de los concilios sobre el papado. El régimen del concordato fue ampliado por una serie de indultos a las provincias incorporadas al reino durante el siglo XVII, por ejemplo a los Tres Obispados, al Rosellón, al Franco Condado… Pero la costumbre antigua subsistió en estas regiones para los beneficios menores como los curatos.

Cuando una sede resultaba vacante, el rey presentaba al papa en los seis meses siguientes, un candidato apto para asumir las funciones episcopales; debía tener más de 27 años, ser de buenas costumbres, ofrecer garantías de cultura y poseer la licenciatura en teología o derecho canónico. El papa daba entonces al obispo nombrado la investidura canónica expidiéndole sus bulas; éstas eran nueve en número: una destinada al obispo investido, otra a los prelados consagrantes, la tercera al rey, la cuarta al metropolitano, la quinta al capítulo, la sexta al clero de la diócesis, la séptima al pueblo, la octava a los vasallos; la última era una bula de absolución. El obispo no podía hacerse consagrar ni ejercer su cargo espiritual antes de haber recibido sus bulas. En los períodos de tensión entre Roma y París, el papa denegaba la expedición de las bulas: tal fue el caso por ejemplo a fines del siglo XVII durante el asunto de la Régale. Después de su consagración, el obispo prestaba juramento al rey quien le ponía en posesión de su temporal.

Este procedimiento, en apariencia complejo, concedía de hecho al rey una gran libertad en la elección de sus candidatos. En el siglo XVI, esta elección se hizo sin examen muy estudiado, pero a partir de Enrique IV y sobre todo de Luis XIII, el rey se rodeaba siempre de garantías. Luis XIII adoptó la costumbre de consultar a San Vicente de Paúl o a otros eclesiásticos cualificados y se formó de este modo poco a poco un Consejo de conciencia cuyo secretario era el confesor del rey, es decir tradicionalmente un jesuita. A partir de Luis XV, la elección de los obispos fue confiada a un prelado comúnmente llamado ministro de la hoja –de los beneficios. Por su parte el papa encargaba al nuncio una investigación canónica sobre los candidatos. Los galicanos no dejaban nunca de protestar contra esta intrusión romana en los asuntos franceses, pero Roma mantuvo con firmeza el principio de la investigación y poco a poco la costumbre prevaleció.

Este método del doble control, real y pontificio, dio buenos resultados: explica en gran parte la calidad del episcopado del siglo XVII. Los obispos no debieron siempre su nombramiento a consideraciones sociales o políticas como en el siglo XV o XVI: hubo algunos obispos plebeyos -como Bossuet o Fléchier- pero en proporción raramente sobrepasan el 5%. Hasta el siglo XVIII el reclutamiento no será exclusivamente aristocrático, pero esta evolución se explica por razones económicas y sociales más que políticas o espirituales. La nobleza cuyas rentas (ingresos), unidas a la renta raíz no cesaban de declinar, presionó sobre la monarquía para monopolizar en beneficio de los hijos menores de las grandes familias las sedes episcopales. Sin embargo se ha de constar que, también en el siglo XVII, la mayor parte de los obispos son nobles: se considera en efecto que las funciones de mando revierten naturalmente a la aristocracia. En su Testament politique, Richelieu recomienda reservar el episcopado a la nobleza, ya que este cargo, “además de la ciencia, requiere celo, valor, vigilancia, piedad, caridad y actividad a la vez… Para tener un obispo a gusto, se le precisaría sabio, lleno de piedad, de celo, de buena cuna, porque la autoridad requerida en tal cargo no se encuentra sino en las personas de calidad… Me atreveré a decir que las buenas costumbres que, sin discusión, deben considerarse antes que nada, se presuponen, la calidad y la autoridad, que de ordinario es su compañera, deben preferirse a la mayor ciencia, pues a menudo se han visto muy malos obispos entre gente docta, bien por no servir para gobernar a causa de lo ínfimo de su extracción, bien por vivir con un ajuar (es decir con una preocupación de restricción) que procediendo de su nacimiento se acerca mucho a la avaricia”; por el contrario, continúa, se advierte que “la nobleza virtuosa con frecuencia tiene un particular deseo del honor y de la gloria que produce los mismos efectos que el celo causado por el puro amor de Dios; que vive de ordinario con esplendor y liberalidad conforme a tal cargo y conoce mejor el modo de actuar y conversar con el mundo”. Sería pues falso considerar el acceso de los nobles al episcopado como consecuencia única de intrigas de corte o de una política de clase; refleja una cierta visión de la sociedad cristiana: los valores sociales de la nobleza definidos por Richelieu responden con toda exactitud a los servicios que el rey y el Estado esperan del episcopado. De hecho, el reclutamiento de los obispos se hizo, en el siglo XVII, casi totalmente entre la nobleza, más precisamente entre diversas noblezas, según las épocas. Los trabajos de M. Michel Peronnet permiten precisar que hasta 1660 la elección se opera muy ampliamente entre los nobles comprometidos en el servicio del rey, bien en la corte, bien en la administración, bien en las cortes soberanas; al principio del reinado personal de Luis XIV, el 65% del cuerpo episcopal proviene de este medio; pero luego la parte del “servicio del rey ” disminuye, ya no representa más que el 39% hacia el 1715, situándose la etapa principal hacia mediados  del reinado, por 1685. Desde el principio de la Regencia, la nobleza de raza progresa a expensas de la nobleza de funciones: cada vez más se recluta el episcopado entre las grandes dinastías provinciales que viven de sus propias tierras, sin actividad profesional.

3 – Funciones y prerrogativas del Obispo

Algunas funciones son de orden espiritual: así las ordenaciones, la confirmación, la bendición de los óleos, la consagración de las iglesias… Otras llevan consigo jurisdicción, como la celebración de los sínodos, la aprobación de los confesores y predicadores, la concesión de las dispensas, la designación de los curatos u otros beneficios, la visita a las parroquias, la vigilancia del clero… En principio, era ayudado en sus funciones administrativas por el capítulo catedralicio, pero la importancia del capítulo no cesa de decrecer desde el concordato de 1516, que le priva de su función esencial, es decir la elección del jefe de la diócesis. Se asiste desde el siglo XVII a una centralización creciente  del poder episcopal: Luis XIV sostuvo sistemáticamente a los obispos contra los capítulos. Por otra parte el edicto de abril de 1695 prohíbe a los clérigos recurrir a los tribunales en los pleitos estrictamente espirituales; esta cláusula sólo se aplicara a los periodos de poder político fuerte: en el siglo XVII, el parlamento intervendrá en todo momento en las querellas religiosas. El mismo texto extiende los poderes de los obispos a expensas de los de los párrocos, concediendo por ejemplo exclusivamente a los primeros el derecho de aprobación de los confesores y de los predicadores; en el espíritu de este edicto, los párrocos aparecen como simples delegados de los obispos.

La carga episcopal más pesada era la visita pastoral: Su costumbre es muy anterior a la época clásica: los cronistas de la Ata Edad Media, como Gregorio de Tours, señalan la existencia de estas visitas que conocen un desarrollo considerable con la reforma gregoriana luego con los siglos de cristiandad; con todo fueron durante largo tiempo episódicas o imprecisas en su objeto o sus resultados. La reforma tridentina las prescribió de forma imperativa y las generalizó, pero al principio, las preocupaciones de los visitantes siguieran siendo poco más o menos las mismas que las de sus predecesores de la Edad Media: conservación de los edificios y de los objetos de culto, limpieza de los cementerios, asuntos financieros.

Los obispos observaban de hecho muy diversamente las reglas de periodicidad de las visitas. En las grandes diócesis sobre todo, temían estos viajes de varios meses a través de las regiones sin caminos practicables donde los ladrones constituían una amenaza seria. Los desplazamientos se hacían generalmente a caballo, a veces en carroza o en vehículo. Sin embargo algunos prelados no dudaban en imponerse visitas muy largas. Así Alain de Solminihac, obispo de Cahors (1636-1659), emprendió al principio de su episcopado una visita que duró dos años, debía renovarla ocho veces, parándose en el curso de cada viaje en todos las parroquias de su diócesis que contaba más de 700. El obispo de Auxerre, André Colbert (1676-2704), se imponía igualmente estas largas giras; asimismo Massillon en Clermont. Pero en conjunto, las visitas del obispo en persona eran raras. Se ha calculado que el espacio de tiempo que separaba dos visitas consecutivas duraba como media doce años para el conjunto de las diócesis del siglo XVII y de ocho años en el XVIII: esta diferencia a favor del siglo XVIII dice menos en cuanto a la intensificación del celo pastoral que en cuanto a la duración del estado de paz y al desarrollo de los medios de transporte.

Cuando el obispo se desplazaba en persona era recibido con gran pompa: era acogido por el cura a la entrada de la parroquia que atravesaba bajo dosel hasta la puerta de la iglesia. Pero lo más frecuente era que confiara el cuidado de las visitas a uno de sus colaboradores, generalmente al arcediano, eclesiástico que asumía por delegación los poderes de jurisdicción episcopal para una parte de la diócesis. El arcediano se dirigía así a todas las parroquias, incluso a las más pequeñas de su arcedianía; su ritmo de visita era variable, veía a veces cinco o seis parroquias al día, pero lo más frecuente dos o tres, según la naturaleza del hábitat, el estado de los caminos o la importancia de las localidades. Los procesos verbales de estas visitas arcedianales constituyen una de las fuentes más preciosas para el conocimiento de la vida parroquial.

El orden de la visita estaba establecido según un esquema uniforme. Algunos días antes de su llegada, el arcediano avisaba al cura y le pedía que informara de ello a sus ovejas en la homilía. La entrada en la parroquia revestía siempre un carácter solemne: toda la población era convocada al son de la campana. El arcediano se hacía presentar a los sacerdotes con alguna función, verificaba su visa(es decir la autorización del obispo para un ministerio pastoral: decir la misa, oír confesiones…) o su exeat (es decir el permiso concedido por el obispo a uno de sus sacerdotes para dejar su diócesis de origen). Tales controles resultaban necesarios en esta época en la que los clérigos eran muy numerosos y circulaban mucho. El arcediano tomaba a continuación contacto con las personalidades de la parroquia: maestros de escuela, mayordomos, comadronas… Visitaba la iglesia especialmente el tabernáculo y la pila bautismal; en la sacristía se preocupaba por la conservación de los ornamentos y de los libros. Procedía al examen de las cuentas, interesándose sobre todo por el buen uso de los bienes de la iglesia. El arcediano se informaba con el cura sobre la observancia de los deberes religiosos de los fieles (misa dominical, confesión y comunión pascuales; listas precisas de los que no cumplían por Pascua debían presentársele). Verificaba, preguntando a los niños, el valor de la enseñanza del catecismo. Recibía igualmente las reclamaciones y arreglaba las diferencias particulares: Todos tenían acceso ante él. Imponía a veces sanciones, multas o citas ante la oficialidad; tenía también poder de conceder dispensas. Preguntaba incluso a los laicos sobre las insuficiencias o en su caso las faltas del clero. No es eso, como lo han querido ver ciertos historiadores,  voluntad de una “democratización de la Iglesia”, hasta una especie de “promoción del laicado”? No lo parece: se trata de la continuidad de una costumbre medieval cuya finalidad es puramente práctica, “sin intención teológica”. En ciertas diócesis -Autun por ejemplo- los obispos prefieren confiar los cuidados de la visita a los arcedianos o incluso a los decanos rurales_. Estos personajes tienen una dignidad y una autoridad inferiores a las del arcediano pero que reside en el arcedianato o decanato, conocen a los curas y de forma precisa las necesidades de los parroquianos. A medida que se avanza en el siglo, las visitas adoptan una forma más metódica. Los obispos dan un plan bajo tres rúbricas: a) vida y costumbres del cura: nombre, edad, títulos, composición de su biblioteca, su residencia, su exactitud en los oficios y en la visita a los enfermos. Se informa si va de caza, si juega a las cartas, si se da al comercio, si lleva la sotana y conserva el pelo corto; b) descripción de la iglesia y de sus anejos: el mobiliario, los libros, los registros, las cuentas de la fábrica, la conservación del cementerio y de las capillas; c) estado religioso de la parroquia: el cumplimiento pascual, la fidelidad a los oficios, la asiduidad de los niños al catecismo, los pecadores públicos, los blasfemos…; la posible presencia de protestantes, de nuevos católicos;  los maestros de escuela… A finales de siglo, las cancillerías episcopales suministrarán por lo general modelos de procesos verbales. La importancia de tales visitas es doble: constituyen información extremadamente precisa sobre la vida religiosa y de esa forma un medio eficaz de la pastoral; permiten también mantener en las diócesis cierta centralización y cierta unidad eclesiástica: sin ella las parroquias habrían tendido a constituirse en pequeñas repúblicas independientes. Otro medio de contacto y de intercambio del obispo con su clero es el sínodo prescrito por diferentes concilios en particular por la asamblea tridentina. En principio es anual; de hecho, su periodicidad es mucho más amplia. El sínodo agrupa a todos los sacerdotes de la diócesis: los curas pueden exponer en él las necesidades o los problemas particulares de sus parroquianos,  hasta proponer reformas sin que éstas afecten naturalmente a las definiciones dogmáticas. A veces estas intervenciones estaban centralizadas, para mayor comodidad, por el arcediano. El obispo comunicaba por su parte a la asistencia cierto número de decisiones u ordenanzas llamadas estatutos sinodales, que tenían que ver con la disciplina, las obligaciones de los curas, el culto, la distribución de los sacramentos…Muchas colecciones de estatutos sinodales se han publicado: constituyen una fuente importante para la historia de la práctica religiosa. A menudo el sínodo se preparaba por regiones por arcedianato o por decanato: estas asambleas locales han sido generalmente regulares, se celebraban una o dos veces al año. Si los sínodos han sido, por el contrario, menos frecuentes, es sin duda debido a que los obispos, en dificultades para dominar estas grandes asambleas, atrasaban el plazo. En el siglo XVIII, en particular en los últimos decenios, los sínodos se convertirán en focos de agitación en los que los curas presentarán sus reivindicaciones eclesiásticas y sociales.

Así aparece la organización en conjunto de cada diócesis francesa, pero estas instituciones no tomarán su pleno valor y significación espiritual más que por el celo pastoral y el espíritu nuevo con el que las animarán los grandes obispos reformadores del siglo XVII.

II – La parroquia

1 – Naturaleza y función

La parroquia es una realidad compleja. Exterior y materialmente, es un conjunto de casas agrupadas alrededor de una iglesia y de un cementerio. En la Edad Media, su marco territorial no era fijo y la pastoral adolecía de ello, por eso los Padres de Trento (sesión XXIV) estimaron que necesitaba una configuración precisa y un cura estable; el concilio no admitió sino a título muy excepcional la parroquia personal sin base geográfica. Desde finales del siglo XVI, el cuadro queda prácticamente inmutable; hubo sin embargo algunas creaciones por entero –los curatos reales- nacidos de la iniciativa del poder, a partir de 1684, en particular en Alsacia, en las poblaciones de mayoría protestante. Bajo un punto de vista más espiritual, la parroquia es la colectividad de los habitantes reunidos, bajo la dirección del cura, para la celebración del culto y la realización, a través de diversas instituciones, de una vida religiosa destinada a conducir a cada fiel a la salvación.

Pero la parroquia es también una división administrativa: es la unidad de base bajo el Antiguo régimen y corresponde a lo que hoy es el ayuntamiento. Los registros parroquiales no tenían solamente por objetivo la información o la investigación pastoral: eran documentos oficiales del estado civil; en el mismo cuadro se habían establecido los registros de los impuestos .

2 – El párroco y sus colaboradores

Cómo se nombraba un párroco a la cabeza de una parroquia? No como hoy por la elección del obispo, sino por la del patrón a quien se llama todavía nombrador o concesor. El patrón era la persona física o moral que había hecho construir una iglesia y la había dotado con un beneficio. A cambio había recibido, para él y sus descendientes, el derecho de nombrar al párroco. Es cierto que éste debía ser aceptado por el obispo pero prácticamente imposible rechazar a un candidato con las garantías morales y las condiciones canónicas requeridas. Muchas parroquias tenían por patronos a laicos o colectividades religiosas (capítulos, abadías, colegiatas). En las concesiones que recaían sobre el obispo –cuando era nombrador de la parroquia- su elección no era enteramente libre: debía reservar un tercio de los beneficios a los clérigos con cargos universitarios, era la “expectativa de los graduados”; muchos curatos urbanos se reservaban de esta forma a doctores en teología o en derecho canónico. En ciertas regiones incorporadas a la corona durante el siglo XVII, como los Tres Obispados, se aplicaban reglas algo diferentes para la concesión de los curatos. Cuando un curato de patronato eclesiástico resultaba vacante en ciertos meses del año, se admitía que estaba bajo el nombramiento de la Santa Sede (eran los “meses del papa”), se aplicaban entonces las prescripciones fijadas por el concilio de Trento en su vigésima cuarta sesión: el curato era provisto por concurso. La vacante se publicaba en la ciudad  episcopal; los candidatos, con frecuencia numerosos, ocurría que su número sobrepasara los veinte- se presentaban ante un jurado de tres doctores o licenciados y, durante varias horas argumentaban sobre problemas de teología, de espiritualidad o de moral y el candidato de mejor clasificación obtenía el curato. Este modo de reclutamiento particularmente equitativo explica la calidad del clero parroquial  en ciertas regiones. De un modo general el obispo no intervenía pues más que excepcionalmente en el nombramiento de los curas párrocos, de ahí la gran independencia de los clérigos inferiores con respecto a la jerarquía. Además, los eclesiásticos provistos de un beneficio eran inamovibles hasta el final de sus vidas y podían además “resignarlo” a favor de otro clérigo, es decir transmitirlo al candidato de su elección “resignándolo” entre las manos del papa. El clero bajo gozaba también de una gran libertad: semejante sistema no favorecía la centralización jerárquica pero desarrollaba las personalidades fuertes.

La naturaleza y los límites de los poderes del cura párroco, en el siglo XVII, han sido objeto de discusiones vivas y a menudo apasionadas. Algunos teólogos o canonistas han sostenido la tesis de la institución divina de los curas párrocos: éstos serían los sucesores de los 72 discípulos, evocados en el evangelio de san Lucas y en los Hechos de los apóstoles, y presentes en el concilio de Jerusalén. Este “parroquianismo”, nacido en la Edad Media y defendido por teólogos célebres como Gersón, conoció en el  siglo XVII una renovación vigorosa en particular entre los jansenistas y los galicanos. Será sistematizado por Edmond Richer en su libro De ecclesiastica et politica potestate libellus (1611). Según las tesis de este doctor, los párrocos gozan de una independencia absoluta, hasta tal punto que el obispo no podría intervenir en la vida de una parroquia más que con el consentimiento del párroco; éste dispondría de una jurisdicción propia, podría dictar leyes y obligar a los fieles a su observancia. Estas tesis no fueron simples especulaciones de teólogos: contribuyeron, desde el siglo XVII, a regular las relaciones entre el alto y bajo clero; debían alimentar, en el siglo XVII, el movimiento socio-espiritual llamado “revuelta de los párrocos” que fue una de las causas de la Revolución francesa.

El colaborador más inmediato del párroco es el vicario que es elegido por el párroco mismo entre los sacerdotes aprobados por el obispo; es éste quien le da potestad de predicar y de absolver, pero es el párroco quien asegura su mantenimiento, por eso el vicario sólo se encuentra en las parroquias de alguna importancia. Las difíciles condiciones de vida de los vicarios explican sus frecuentes desplazamientos. A veces el vicario es un pariente del párroco (sobrino o primo) a la espera en este caso de la resignación del beneficio. El vicario ayuda al párroco en la celebración del culto, la administración de los sacramentos; con frecuencia está encargado de los catecismos y de una escuelita.

Al lado del vicario, hay a veces un capellán, es decir un cura párroco de una capilla; en algunas regiones, existen también sacerdotes asiduos: se les encuentra en las parroquias de las grandes ciudades, a veces pero mucho más raramente en las del campo. Frecuente es también que varios sacerdotes se retiren a su parroquia natal para disfrutar en ella de su patrimonio y también de un pequeño beneficio, de un legado o de una fundación constituida en su favor. Así se forman pequeñas comunidades de sacerdotes, especie de colegiatas, pero cuyos miembros no tienen ni el rango ni el estatuto de los canónigos. Estas comunidades llevan nombres diferentes según las regiones: “malapartes” en Borgoña, “parentelas” en Condado, “consocios” en el centro y en sur. Los “malapartistas” prestan ayuda a los párrocos para las confesiones, las misas de fundación o las liturgias solemnes. La existencia de tales comunidades da testimonio de la abundancia de las vocaciones religiosas: el número de candidatos al sacerdocio sobrepasa las necesidades; estas instituciones colectivas absorben los excedentes incorporándolos a funciones pastorales marginales.

3 – La fábrica

Si el párroco gobierna la parroquia en lo espiritual, de lo temporal se ve libre en gran parte. Existen en efecto, para cada parroquia, bienes y rentas destinados a los gastos del culto y a la conservación de la iglesia: a esto se llama la fábrica, dirigida por el consejo de fábrica o consejo de los mayordomos. Los ingresos de la fábrica provienen de colectas o de donaciones, pero sobre todo de fundaciones en forma de tierras o de rentas. Es decir que los recursos de la parroquia no corresponden a su importancia demográfica sino que dependen de la abundancia más o menos grande de las fundaciones pías.

Estos bienes son administrados por mayordomos. Cómo son elegidos? En las parroquias pequeñas por todos los jefes de familia, en las más grandes por los notables, es decir por un consejo muy restringido; a veces incluso llegó a imponerse la cooptación y eran los propios mayordomos los que designaban a sus sucesores. El mayordomo cuida del mantenimiento de la iglesia y de la buena marcha de las ceremonias; a veces, es también macero, sacristán, campanero, acólito. Pero su función esencial es la de gestionar los bienes de la parroquia, tarea nada fácil ya que estos bienes están constituidos por lo general por una multitud de pequeñas tierras y rentas. A menudo se opera una confusión de hecho entre los ingresos de la fábrica y los de la comunidad parroquial: los mayordomos emplean los primeros en la conservación de los caminos, en la reparación de los edificios públicos o en otras necesidades del municipio. Al terminar sus mandatos, los mayordomos rinden cuentas de su gestión, primero ante la asamblea de la fábrica, después ante el arcediano. Los mayordomos ejercen una función importante: establece un poco el lazo entre la autoridad espiritual y la comunidad de los fieles.

Así aparecen las instituciones eclesiásticas en sus realidades regionales y locales, pero el clero no es sólo el animador de las obras, de la liturgia o de la pastoral en el cuadro de las diócesis y de las parroquias. Existe como cuerpo social y, por este título, ejerce una acción en la política eclesiástica e incluso, indirectamente, en la vida espiritual.

III – El clero de Francia y sus asambleas

El clero es considerado tradicionalmente como el primer orden de la nación._ Hacia 1610, el jurista Loyseau lo recuerda en su Tratado de los Órdenes:”En este reino muy cristiano hemos conservado para los ministros de Dios el primer rango de honor, concediendo con todo derecho al clero, es decir al Orden eclesiástico, el primero de los tres Estados de Francia”.

Y en el curso de los Estados generales de 1614-1615, durante la sesión del 23 de febrero, un diputado del clero, el joven obispo de Luçon, Armand-Jean du Plessis de Richelieu, recordaba ante el rey las prerrogativas de su Orden: “es cosa cierta que en el siglo pasado, en todas las naciones del mundo, sea mientras estuvieron unidas al culto de las falsas deidades, sea desde que han servido y adorado al verdadero Dios, las personas consagradas al ministerio de la religión han ocupado los primeros rangos junto a los soberanos(si es que ellos mismos no lo han sido), no sólo en lo que concierne a lo espiritual sino en lo que atañe al gobierno civil y político”.

De esta forma queda afirmada claramente no sólo una prelación espiritual y honorífica sino el primer rango en el orden político. Cuál es el origen de tal preeminencia? Resulta no sólo de la distinción habitual en la Iglesia, entre clérigos y laicos, sino de la naturaleza misma de la sociedad de antiguo régimen. Esta es una sociedad de órdenes en la que los hombres son colocados según el honor o la estima que acompañan a ciertas funciones: los que defienden al Estado forman la nobleza; los que le hacen vivir de su trabajo constituyen el tercer estado; el clero por fin agrupa a los que animan la vida espiritual. Los clérigos enseñan la ley y los misterios de la religión, administran los sacramentos, velan por el respeto a la regla moral en la vida de los individuos y de las colectividades.

Este poder sagrado se consolidó en la Edad Media de forma a veces sistemática hasta el punto de llegar a conceptos teocráticos de la cristiandad. Estas tesis no se esgrimen ya apenas en el siglo XVII, al menos en Francia, pero la exaltación del sacerdote y de su misión, por los grandes espirituales del tiempo –Bérulle, Condren, Olier…- condujo a poner en regla la preeminencia absoluta del clérigo en la sociedad. Consideradas por la naturaleza misma de sus funciones, como personas sagradas, los eclesiásticos tienen por función llevar a cabo la pastoral de la salvación, lo mismo que los nobles tienen la de proteger a la nación. En contrapartida, el clero se beneficia de privilegios algunos de los cuales son heredados de antiguos cultos paganos: los principales tienen que ver con la jurisdicción y la fiscalidad. Todo eclesiástico está, en principio, exento de la jurisdicción secular. El ascenso creciente de la centralización estatal conduce a menudo, es cierto, a los agentes del rey a contravenir a estas reglas: el edicto de 1695 prevé que, para los sacerdotes, diáconos y subdiáconos, los procesos criminales serán instruidos conjuntamente por las oficialidades y por los bailes o senescales. Pero, para los obispos, la exención es total: cuando en 1652, Luis XIV hizo arrestar al cardenal de Retz con la intención de conducirle ante el parlamento de París, la asamblea del pueblo protestó con firmeza y el rey debió inclinarse. Por razones semejantes, los clérigos se libran de la mayor parte de los impuestos, en particular del pecho, de la gabela, lo mismo que de todas las tasas y servidumbres anejas al servicio de guerra. El conjunto de los bienes de la Iglesia de Francia constituía de esta forma una especie de gran patrimonio sustraído a las exigencias del fisco real. Pero los privilegios del clero no se limitan a exenciones que tienen que ver con el derecho privado: algunos, de carácter más positivo, se expresan a través de instituciones cuyo papel, administrativo y hasta político, fue grande, es el caso en particular de las asambleas del clero de Francia.

Se llama clero de Francia al de las provincias que formaban parte integrante del reino en 1561, fecha del contrato de Poissy del que se hablará más adelante. Al resto del clero se le llama “extranjero”, es el de las provincias reunidas después de 1561: Artois, Flandre, Roussillon, Trois-Évêchés, Alsace, Franche-Comté… Sólo el clero de Francia estaba representado en las asambleas ordinarias; sin embargo hubo asambleas extraordinarias, como la de 1682, en la que las provincias eclesiásticas consideradas extranjeras (Cambrai, Besançon) estuvieron representadas por diputados. Estas asambleas del clero son el tipo mismo de las asambleas de orden. El interés de su estudio reside no sólo en su papel administrativo y financiero -que fue importante- sino también en la acción ejercieron a veces en la política eclesiástica.

1 – Origen de las asambleas

Hubo en la Edad Media asambleas del clero pero extraordinarias, sin periodicidad: el rey las convocaba cuando necesitaba dinero. La institución no se regularizó hasta la mitad del siglo XVI. En 1560, en los Estados generales de Orléans, el rey había reclamado subsidios que los diputados le negaron: se habló entonces de la secularización de los bienes de la Iglesia y el  ejemplo de los países protestantes daba alguna consistencia a esta posibilidad. El clero tuvo la sensación de verse amenazado y juzgó necesario imponerse un sacrificio. En este espíritu, firmó con el rey, el 21 de octubre de 1561, el contrat de Poissy, por el que se comprometía a abonar, primero durante seis años, 1.600.000 libras al año para el pago por los atrasos de las rentas establecidas en el Ayuntamiento, y luego una anualidad de 1.300.000 durante nueve años para amortizar estas rentas. Estas obligaciones fueron respetadas, pero al cabo de los plazos prescritos, el rey no había saneado la situación financiera. Convocó de nuevo a los representantes del clero y éstos acordaron prorrogar durante diez años el abono de la anualidad de 1.300.000 libras. Lo que se convirtió en costumbre, para el rey de pedir, para el clero de aceptar, la misma la misma prórroga cada diez años. El clero se veía libre de este modo de una contribución anual, pero en contrapartida gozaba de su autonomía financiera y sobre todo su asamblea, con sesiones periódicas ya, se concedía la misión de defender los intereses generales del orden.

2 – Organización de las asambleas

Cada diez años –el año cuyo milésimo acaba en 5- la asamblea del clero sesionaba en Paris por lo general en le convento de los Grands Augustins, por convocación del rey. No se trataba de un concilio, sino de una simple asamblea temporal. Reunía a diputados elegidos a doble escala: en cada diócesis, los beneficiarios designaban dos representantes que se reunían en el centro de la provincia eclesiástica; cada provincia delegaba a su vez a cuatro diputados, dos del primer orden y dos del segundo, pero a finales del siglo XVII los párrocos no son ya diputados, sólo los priores y los canónigos representan al segundo orden –signo de centralización aristocrática que preconiza el siglo XVIII. Los diputados tenían un mandato imperativo y cada provincia entregaba a su delegación un cuaderno de reclamaciones. La asamblea así constituida comprendía 60 diputados: eran encargados de votar el “contrato del diezmo”, es decir el impuesto concordado con el rey, cuyas condiciones se habían discutido con los comisarios. La asamblea verificaba también las cuentas del recaudador general de los diezmos.

Para asegurar un control más estricto, una asamblea de cuentas, o pequeña asamblea, se reunía a razón de dos diputados por provincia, cinco años después de la asamblea decenal, en los años terminados en 0. De hecho se llegó a una periodicidad de cinco años, ya que las pequeñas y grandes asambleas se concedieron las mismas prerrogativas para votar los impuestos. La recaudación de estos impuestos estaba confiada a los oficiales de los diezmos, a los recaudadores y a los controladores: ellos gravaban a los beneficiarios y a sus colonos y centralizaban lo recaudado, primero en las provincias eclesiásticas, después en París en manos del recaudador general. Dos agentes generales, elegidos para cinco años, tenían la misión de vigilar a los oficiales y de asegurar el buen funcionamiento del sistema.

A principios del siglo XVII la contribución del clero se limitaba a la suma prevista s decir a 1.300.000, pero, a partir de 1621, el rey adoptó la costumbre de reclamar una subvención extraordinaria la cual, asimismo, se convirtió bien pronto en regular, fue el don gratuito. Se justificaba por razones d orden general: la necesidad de una guerra exterior o la lucha contra los protestantes; pero muy temprano desapareció esta justificación y el don gratuito se hizo una simple institución financiera. Este proceso de establecimiento es comparable al del pecho que en su origen fue también un subsidio extraordinario.

3 – Función “conciliar” y política de las asambleas

Entre tanto la periodicidad de la asamblea y la delegación de poder que recibían los diputados tendían a hacer de esta reunión una especie de concilio nacional: de ahí sus intervenciones en la política francesa e incluso en los asuntos de la Iglesia. Por eso las asambleas del clero fueron siempre sospechosas para el papa: en primer lugar porque disponían de los bienes eclesiásticos cosa que, canónicamente, suponía un permiso pontificio; pero sobre todo porque mostraban una tendencia a sostener frente a Roma las tesis galicanas de la monarquía. En la querella jansenista, por ejemplo, si la asamblea se mostró a menudo a favor del punto de vista romano, no fue en virtud de una infalibilidad reconocida al soberano pontífice, sino por libre decisión del episcopado nacional:: los obispos simulaban siempre deliberar en concilio. De igual forma, cuando el papa quería entablar un proceso contra un obispo, la asamblea no dejaba de recordar que, fuera el que fuere el motivo de la culpabilidad, los obispos debían ser juzgados siempre en primera instancia por el concilio provincial. Así se vio por ejemplo en 1656, cuando Alejandro VII quiso actuar directamente contra Gondrin arzobispo de Sens a causa de sus comentarios sobre la bula Cum occasione, que condenaba al jansenismo: la asamblea se sublevó, declaró el procedimiento inadmisible y apeló al rey, “obispo del exterior”. La regla de los prelados era unánime en profesar el derecho divino de los obispos y su jurisdicción inmediata. Esta tensión con Roma llevaba naturalmente a la asamblea a cercarse al rey y fortalecer de esa forma su poder. Y lo hacía de dos maneras:

En primer lugar aduciendo argumentos espirituales a la teoría, que va a desarrollarse durante todo el siglo, sobre el carácter divino de la autoridad monárquica. En casi todas las asambleas del siglo XVII se encuentra formulada la teoría del  poder soberano y absoluto del rey. La recuerda en estos términos en 1651 el arzobispo de Embrun: “En la monarquía sólo domina la voluntad del soberano, y él es el único que posee en su vasta capacidad todo el poder supremo, así como el sol reúne en su cuerpo todos los rayos de la luz”. Esta tesis será abrazada y expuesta de manera más total y más sistemática por Bossuet en 1682.

Las asambleas actuaban de igual forma por sus intervenciones en la política eclesiástica o incluso en la política simplemente. Así muestran su voluntad de aprobar y apoyar la acción de Richelieu al elegir siempre al cardenal ministro para presidirlas, al condenar la literatura política inspirada por España y al justificar la guerra contra los Habsburgo_. Las asambleas intervenían de la misma forma en la lucha contra los jansenistas y sobre todo contra los protestantes. Proponían una interpretación estricta, a menudo restrictiva, del edicto de Nantes: no pidieron su revocación, sino que, presentándole como un expediente provisional y un peligro para la monarquía muy cristiana, acabaron por crear en el consejo del rey un estado hostil al edicto y al protestantismo.

Las asambleas del clero aparecen así como mucho más que un organismo financiero: en la sociedad del siglo XVII, fueron una especie de bisagra entre lo temporal y lo espiritual.

Las observaciones atribuidas a las asambleas del clero pueden también aplicarse a todas las instituciones eclesiásticas de este tiempo: no se circunscriben al dominio puramente espiritual sino que impregnan las actividades seculares; lo sagrado y lo profano se hallan constantemente imbricados. Esto explica porqué la vida religiosa no es un estricto asunto de conciencia, es preciso examinar su expresión en las obras, la política, la enseñanza, el arte, los comportamientos cotidianos.

Se asiste por otra parte, en la evolución de la organización eclesiástica, a un reforzamiento de la armazón nacional: la cristiandad se difumina en provecho de los Estados, lo que va en menoscabo no del universalismo del cristianismo sino del de la vida cristiana, que tiende en adelante a encontrar su expresión en el cuadro temporal de la nación.


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